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Bill Carman

Identificación: 122762
Creado: 2008-03-26 14:21
Modificado: 2008-05-28 13:43
Refreshed: 2012-02-10 20:00

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COMPETENCIA Y DESARROLLO: Glosario de términos y abreviaturas
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El propósito de este breve glosario es ayudar al lector a comprender los términos empleados en este libro. Los términos marcados con * o ** han sido tomados de los glosarios de la Comisión Europea (2003) y la OCDE (Khemani y Shapiro, n.d.), respectivamente, si bien algunos han sido abreviados. Los términos en cursiva son los que se definen en el glosario de la Comisión Europea (2003, en inglés), y los que figuran en letra de molde se definen en otra parte de este glosario.

Abuso de posición dominante* — Prácticas comerciales anticompetitivas (incluyendo explotación inadecuada de clientes o exclusión de competidores) donde una empresa que ocupa una posición dominante puede actuar para mantener o aumentar su poder de mercado.

Acuerdos anticompetitivos — Clasificación general de acuerdos entre empresas rivales o potencialmente rivales para limitar la competencia. Ver carteles.

Allanamiento — El allanamiento se produce cuando una autoridad de competencia tiene el poder como para entrar a las instalaciones de una empresa, copiar e incautar documentación, copiar o incautar discos duros de una computadora, y recoger evidencia para que le ayude a descubrir acciones delictivas.

Captura del regulador es la situación en que una agencia reguladora estatal (como la autoridad de competencia) que se supone actúa en el interés público, se vuelve dominada por los intereses específicos de los más poderosos dentro de la industria que tiene que controlar.

CARICOM — Comunidad Caribeña (y Mercado Común)

Carteles*— Arreglo(s) entre firmas competidoras, diseñado(s) para limitar o eliminar la competencia entre ellas, con el objetivo de aumentar los precios y ganancias de las empresas participantes y sin producir ningún beneficio compensatorio objetivo. En la práctica, suele hacerse a través de la fijación de precios, limitando la producción, compartiendo mercados, asignando clientes o territorios, ofertas acordadas o una combinación de éstas. Los carteles son perniciosos para los consumidores y la sociedad en general pues las empresas que participan cobran precios más altos (y ganan más) que en un mercado competitivo.

COMESA — Mercado Común para África Oriental y del Sur

Conducta/prácticas anticompetitivas — Cualquier actividad cuyo fin sea limitar la competencia o extraer renta. La actividad involucra un acuerdo anticompetitivo, un abuso de posición dominante, o una fusión.

Cortesía* — Principio aplicado en el campo de la cooperación internacional sobre política de competencia. Por cortesía negativa, todo país que sea parte de un acuerdo de cooperación garantiza tomar en cuenta los intereses relevantes de las otras partes del acuerdo al aplicar su propia ley de competencia. Por cortesía positiva, un país puede pedir a otras partes del acuerdo que tomen medidas adecuadas, según sus leyes de competencia, contra conductas anticompetitivas en sus territorios que afecten intereses importantes del país solicitante.

Costo de capital — El costo de financiar un proyecto o empresa que se expresa como costo de oportunidad para una alternativa equivalente de inversión. Típicamente esto requiere cálculos de riesgo del proyecto o emprendimiento: determinar qué componentes constituirán el capital (deuda, emisión de acciones, etc.) y evaluar los costos de oportunidad para aquellos componentes en el mercado.

Economías de escala — Ocurren cuando al aumentar la producción más bajo se vuelve el costo unitario promedio de producción en el corto plazo. Existen retornos a escala cuando una empresa baja su costo a corto plazo simplemente aumentando su producción. Ver escala mínima eficiente.

Escala mínima eficiente — El tamaño mínimo que puede tener una empresa para ser productivamente eficiente. En las economías pequeñas puede ser muy importante si el mercado es demasiado pequeño como para soportar más de una empresa de manera eficiente. Si un mercado es más pequeño que la escala mínima eficiente de una sola empresa, entonces esa empresa será menos eficiente que sus rivales y cobrará precios más altos a los consumidores.

Fusión** — La unión de dos o más empresas en una existente o para formar una nueva empresa. La fusión es un método por el cual las firmas pueden aumentar su tamaño y extender sus actividades económicas y mercados en aquellos existentes o nuevos. Hay muchos motivos para fusionarse: aumentar la eficiencia económica, adquirir poder de mercado, diversificarse, extenderse a diferentes mercados geográficos, buscar sinergias financieras o de I&D, etc. Las fusiones se clasifican en tres tipos: horizontales, verticales y conglomeradas. Las fusiones horizontales son entre firmas que producen y venden los mismos productos, es decir, entre firmas competidoras. Si son de gran tamaño, estas fusiones pueden reducir la competencia en un mercado y son revisadas a menudo por las autoridades de competencia. La integración vertical es entre empresas que operan en diferentes etapas del proceso de producción y suelen aumentar la eficiencia económica, si bien a veces pueden tener un efecto anticompetitivo. Las fusiones de conglomerado se dan entre firmas en negocios no relacionados.

IDRC — Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo

INDECOPI — Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Perú)

Integración/restricción vertical** — Relación, propiedad o control de diferentes etapas del proceso de producción, por ejemplo, refinería de petróleo, empresas de fabricación de cañerías, y exploradores de petróleo. Una restricción vertical es un acuerdo que establece condiciones bajo las cuales las empresas que tienen un proceso de producción pueden comprar, vender o revender ciertos bienes o servicios.

MERCOSUR — Mercado Común del Sur

Monopolio/monopsonio* — Situación de mercado con un proveedor único (monopolista) quien, dada la ausencia de competencia, ejerce una forma extrema de poder de mercado. Es equivalente a la existencia de una posición dominante. Bajo el monopolio, la producción suele ser más baja y los precios más altos que bajo condiciones de competencia. Se considera que el monopolista gana beneficios por encima de lo normal (es decir, ganancias que exceden la remuneración normal del capital). Una situación similar por el lado de la demanda del mercado, es decir, con un único comprador, se llama monopsonio.

OCDE — Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico

Oferta acordada* — Forma de coordinación entre empresas que interfiere con un proceso de licitación. Por ejemplo, las empresas pueden acordar sus ofertas por adelantado, decidiendo cuál va a ser la que oferte menos; algunas pueden acordar no ofertar u ofertar más alto para que una propuesta predeterminada gane.

OMC — Organización Mundial del Comercio

ONG — organización no gubernamental

Oligopolio* — Estructura de mercado con pocos vendedores que canalizan su interdependencia tomando decisiones estratégicas, por ejemplo, en precios, producción y calidad. En un oligopolio, cada firma es consciente que su conducta de mercado ciertamente afectará a otros vendedores y sus conductas de mercado. Por ello, cada firma tomará muy en cuenta las posibles reacciones de los otros actores. En los casos de competencia, el término se usa también en situaciones donde unos pocos, grandes vendedores dominan conjuntamente la estructura competitiva y un núcleo de pequeños vendedores se adapta a su conducta. Los grandes vendedores, entonces se llaman oligopolistas. En ciertos casos esta situación puede ser considerada de dominio colectivo (también llamado dominio conjunto u oligopolista).

PBI — producto bruto interno: el valor total de mercado para todos los bienes y servicios que se producen en un país en un determinado período de tiempo (por lo general un año calendario)

Per se (prohibiciones) simplemente dejan fuera de la ley a cierto tipo de acuerdos independientemente del daño que puedan haber causado.

Pérdida social — Es una pérdida de eficiencia causada por una economía que no está produciendo a su nivel más eficiente. Estas pérdidas pueden ser causadas por el costo de una conducta o acuerdos anticompetitivos, impuestos excesivos o niveles de subsidio.

Poder de mercado* — Fortaleza de una firma en un cierto mercado. En términos económicos básicos, es la capacidad de las empresas de fijar precios por encima de costos marginales y por ello ser rentables. En el análisis de competencia, el poder de mercado se determina con la ayuda de un análisis estructural del mercado, es decir el cálculo de las cuotas o participaciones de mercado, que exige examinar la disponibilidad de otros productores de los mismos bienes o sustitutos (sustituibilidad). La evaluación del poder de mercado debe incluir también una evaluación de las barreras a la entrada o crecimiento (barreras de entrada) y de la tasa de innovación. Más aún, puede involucrar criterios cualitativos, como recursos financieros, la integración vertical o gama de productos del emprendimiento en sí.

Productividad — El uso más común de este término es el valor de producción por hora de trabajador. Este es un ejemplo de productividad específica de un factor (mano de obra). Se diría que uno es más productivo si produce más productos por una hora dada de trabajo. Pero un trabajador puede resultar más productivo con una máquina nueva y más costosa; la productividad laboral puede aumentar con más inversión en capital (otro factor de producción). Por ello, en los estudios económicos sobre competencia, donde nos centramos en las mejoras del bienestar causadas por la competencia mediante la innovación, eficiencia, etc., usamos productividad de factor total: el valor de producción en lo que excede el valor de factores de insumo (tradicionalmente, tierra, mano de obra y capital).

Regla de la razón** — Evaluación de características procompetitivas de una práctica comercial restrictiva contra sus efectos anticompetitivos para decidir si se prohíbe o no la práctica. Algunas restricciones de mercado que a primera vista generan problemas de competencia, luego de un examen detallado pueden demostrar tener beneficios valiosos que aumentan la eficiencia. Lo opuesto al enfoque de regla de la razón es declarar ciertas prácticas comerciales ilegales per se, es decir, siempre ilegales. Por ejemplo, acuerdos de fijación de precios y acuerdos de mantenimiento del precio de reventa son ilegales per se en algunas jurisdicciones.

Renta — Una empresa (o grupo de empresas que actúa de forma anticompetitiva) puede obtener una renta cuando tiene poder de mercado restringiendo la producción, forzando a los consumidores a pagar más de lo que pagarían en un mercado competitivo. La renta genera un beneficio económico (ingreso menos costos de oportunidad económico). Los costos de oportunidad económico se diferencian de costos contables explícitos. Estos ajustes reflejan los costos de oportunidad del costo de capital.

Restricciones duras* — Restricciones de competencia por acuerdos o prácticas comerciales, que son percibidas por la mayoría de las jurisdicciones como muy serias y normalmente no producen efectos beneficiosos. Casi siempre violan la ley de competencia.

RTA — acuerdo comercial regional. En este libro, RTA abarca acuerdos bilaterales y multilaterales de libre comercio, así como uniones aduaneras, independientemente de la geografía.

UNCTAD — Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo

Ventas atadas* — Venta de un producto condicionada a la compra de otro producto.







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